Agenda Legislativa Priorizada como herramienta de planificación para el desarrollo democrático inclusivo. Concepto y grado de vinculación con la Estrategia Nacional de Desarrollo (END2030) y la Constitución dominicana

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El siguiente análisis persigue evaluar los avances del Congreso Nacional en cuanto al cumplimiento de mandatos y reformas legislativas establecidas por la Ley Orgánica 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) 2030, así como esbozar algunas consideraciones sobre la priorización de determinados proyectos de ley que conforman la Agenda Legislativa Priorizada (ALP). Esta herramienta permite dar prioridad a una serie de proyectos de ley previamente seleccionados dentro del trámite legislativo; su correcto uso pudiera contribuir a contrarrestar el rezago que existe en cuanto a las reformas necesarias y la elaboración de un nuevo marco jurídico y normativo nacional, imperioso para alcanzar la visión país. En ese orden de ideas, se hace necesaria la implementación de mecanismos de control y evaluación que monitoreen de cerca el desarrollo de las piezas legislativas que conforman la ALP.

 

Lic. Gaudy Crispín

coordinadora

Lic. Federico Reyes

Investigador

Javier Ubiera

colaborador

 

Descriptores: Congreso Nacional, Iniciativas Legislativas Priorizadas, Agenda Legislativa Priorizada, Estrategia Nacional de Desarrollo, Poder Legislativo.

Delimitación del análisis

La investigación se limita evaluar y comparar la lista de las iniciativas legislativas priorizadas correspondientes al año 2016, debido a que, a pesar de que este instrumento de planificación y coordinación de la labor legislativa fue institucionalizado en el año 2010, su presentación no ha sido consistente.

Contenido

1. Introducción

2. ¿Qué son las iniciativas legislativas priorizadas y la Agenda Legislativa Priorizada?

3. Procedimientos para la elección de la Agenda Legislativa Priorizada

3.1. Cámara de Diputados

3.2. Senado de la República

4. Criterios y elementos para elaborar la Agenda Legislativa Priorizada

4.1. Criterios según los reglamentos internos de ambas cámaras

4.2. Estrategia Nacional de Desarrollo

4.3. Constitución de República Dominicana

4.4. Planes operativos

5. Mandatos de la END y la Constitución y su estatus/cumplimiento

6. Agenda Legislativa Priorizada de 2016 y su vinculación con la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) y Constitución dominicana

7. Hacia una ALP eficiente. Algunas exhortaciones

7.1. Se debe legislar con la Estrategia Nacional de Desarrollo, y vigilando su cumplimiento.

1. Introducción

El Poder Legislativo es el poder del Estado facultado constitucionalmente para la creación de leyes en nombre de sus representados: el pueblo. En síntesis la principal función que le confiere la Constitución al Congreso es la de legislar, práctica que consiste en identificar los problemas sociales, económicos y políticos que afecten a la nación, planteándolos ante los demás representantes, y analizándolos con la participación directa de sus representados, para aprobarlos con la mayoría establecida constitucionalmente, vigilando su promulgación y cumplimiento.

De acuerdo con las necesidades e imperativos normativos y sociales, en la actividad congresual se establecen prioridades, por lo que dentro de todas las iniciativas legislativas propuestas, ambas cámaras deben, en los primeros diez días de enero, formular bajo resolución una lista que contenga los quince proyectos de ley con carácter prioritario. Así lo dictan los reglamentos de ambas cámaras, teniendo en cuenta los criterios descritos en el marco legal de este estudio.

Este trabajo busca identificar las iniciativas legislativas que deben ser priorizadas en nuestro congreso, teniendo en cuenta la Constitución de la República y la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) 2010-2030, así como validar el alcance de las mismas.

2. ¿Qué son las iniciativas legislativas priorizadas y la Agenda Legislativa Priorizada?

Las iniciativas legislativas priorizadas son el conjunto de proposiciones o proyectos de ley previamente seleccionados por la comisión coordinadora de ambas cámaras y que serán la carga de trabajo de la labor legislativa en un determinado período de tiempo.

La Agenda Legislativa Priorizada (ALP) “es el instrumento de planificación del trámite legislativo de propuestas puntuales sugeridas para promover los procesos deliberativos que permitan arribar a consensos que articulen el funcionamiento equilibrado entre los poderes y organismos del Estado y la sociedad”. (Congreso de la República, S.F.)

Los reglamentos de ambas cámaras son los que instituyen las iniciativas priorizadas y determinan el procedimiento para la presentación y aprobación de los proyectos. Igualmente, establecen las reglas relativas a los trabajos de las diferentes comisiones. El artículo 143 del reglamento interno del Senado de la República utiliza el término ALP, mientras que el artículo 44 del reglamento interno de la Cámara de Diputados estipula la “integración de iniciativas priorizadas”. En ese sentido, indica que “el Pleno, atendiendo al alto interés nacional, podrá otorgar un trato preferencial para su trámite legislativo a un máximo de quince proyectos de ley, los cuales serán los que integrarán la lista de iniciativa priorizadas”.

Cuando una iniciativa ha sido priorizada, su presentación, trámite, decisión y despacho se debe ajustar a un procedimiento totalmente abreviado y preferencial, y que abarque el recorrido por ambas cámaras legislativas.

El Senado de la República y la Cámara de Diputados cuentan con hasta dos legislaturas para conocer estas iniciativas. Los proyectos priorizados de la Cámara de Diputados que no hayan sido definitivamente conocidos y aprobados durante ese tiempo, podrán ser incluidos en la próxima lista de iniciativas priorizadas. Sin embargo, los proyectos de ley priorizados en el Senado que no hayan sido definitivamente aprobados durante ese lapso, deberán ser incluidos, previa reintroducción y toma en consideración reglamentaria, en la Agenda Legislativa Priorizada inmediatamente posterior.

3. Procedimientos para la elección de la Agenda Legislativa Priorizada

Los reglamentos internos de ambas cámaras, además de establecer las prerrogativas del bufete directivo, así como los derechos y deberes de los diputados, determinan el procedimiento para su presentación y aprobación.

Además de los reglamentos internos de cada cámara, en el Senado de la República este procedimiento se encuentra regulado por el Manual para la integración de la agenda legislativa priorizada.

3.1. Cámara de Diputados

El título V del reglamento interno de la Cámara de Diputados regula todo lo concerniente a las iniciativas priorizadas, tanto su presentación como el procedimiento de estudio en comisiones y aprobación de los proyectos por el Pleno.

En los primeros diez días de enero la Presidencia de la Cámara invitará a los presidentes de comisiones legislativas, a los legisladores, al Poder Ejecutivo, a la Suprema Corte de Justicia, a la Junta Central Electoral y a la ciudadanía, a presentar sus propuestas para la confección de la lista de iniciativas priorizadas. Para ser ponderadas, estas propuestas deben ser entregadas a más tardar el treinta de enero.

El presidente o la presidenta de la Cámara presentará a la Comisión Coordinadora una relación completa de las propuestas recibidas para integrar la lista de iniciativas priorizadas. También pondrá a disposición de este organismo los informes de desempeño parlamentario, datos estadísticos, encuestas de opinión, programas legislativos y cualquier otra información que pueda resultar útil a dicha comisión para hacer la preselección de la lista de iniciativas priorizadas. Esta preselección debe indicar las comisiones permanentes a las cuales será remitida cada una de ellas.

La propuesta de lista de iniciativas priorizadas que sea acordada por la Comisión Coordinadora será presentada al Pleno por el presidente o la presidenta en la primera semana de marzo. El Pleno podrá modificar en cuanto estime conveniente el contenido de esta propuesta.

Inclusive, puede ser creada una comisión bicameral de iniciativas priorizadas, con el objeto de armonizar la actividad parlamentaria de ambas cámaras, previa aprobación del Pleno, formando parte de dicha comisión los voceros de los bloques partidarios de ambos cuerpos legislativos.

3.2. Senado de la República

La sección II del reglamento interno del Senado de la República establece que el Pleno de senadores podrá otorgar un tratamiento prioritario a la tramitación congresual de algunas iniciativas de especial relevancia. Estos proyectos de ley, una vez tomados en consideración, integrarán la Agenda Legislativa Priorizada y no podrán ser más de quince.

En los primeros quince días de enero, el presidente o la presidenta del Senado invitará a los presidentes de comisiones, legisladores, Poder Ejecutivo, Suprema Corte de Justicia, Junta Central Electoral y a los ciudadanos a presentar sus propuestas para la elaboración de la Agenda Legislativa Priorizada, para ser ponderadas. Estas propuestas deben ser entregadas antes de iniciar la primera legislatura ordinaria del año en calendario. La propuesta acordada por la Comisión Coordinadora será presentada al Pleno por el presidente o la presidenta antes de finalizar marzo para su validación y remisión a las comisiones apoderadas.

Con el objeto de armonizar la actividad parlamentaria de ambas cámaras, la Presidencia del Senado podrá, en coordinación con la Presidencia de la Cámara de Diputados, someter al Pleno la intención para la creación de una comisión bicameral de priorización de proyectos de ley, responsable de elaborar la preselección a la que se refiere el artículo 148. En todo caso, formarán parte de dicha comisión, los voceros de los bloques partidistas de ambas cámaras.

El procedimiento para su constitución puede resumirse en un esquema de seis (6) pasos, para ambas cámaras legislativas:

Iniciativas legislativas priorizadas cuadro01

Como pudo observarse, en ambas cámaras se estila la conformación de una comisión bicameral que priorice los proyectos de ley. En el caso de que no sea constituida la Comisión Bicameral de Priorización, ambas cámaras otorgarán un trato preferencial a los proyectos que integren la Agenda Legislativa Priorizada de la otra.

4. Criterios y elementos para elaborar la Agenda Legislativa Priorizada

4.1. Criterios según los reglamentos internos de ambas cámaras

Aunque los trámites discrecionales en torno a la agenda legislativa priorizada son fundamentalmente generales, los criterios establecidos en ambas cámaras para su selección son los siguientes:

Iniciativas legislativas priorizadas cuadro02

Los criterios establecidos en ambas cámaras legislativas son muy parecidos y ambas incluyen la relación de las iniciativas priorizadas con la Agenda Nacional de Desarrollo y/o Estrategia Nacional de Desarrollo, promulgada en 2012.

4.2. Estrategia Nacional de Desarrollo

Como se había planteado anteriormente, la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 plantea la concertación de una estrategia de desarrollo como un instrumento para la planificación, buscando alcanzar los objetivos trazados a largo plazo, con el compromiso de todos los Poderes del Estado, y el apoyo de los actores políticos, económicos y sociales.

La línea de acción núm. 1.3.3.4 establece la necesidad de desarrollar una agenda legislativa priorizada que coadyuve en la aprobación y modificación de las leyes necesarias para facilitar la ejecución de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030. De manera qué, el Congreso y sus Cámaras legislativas deben trabajar en pro de la consecución de los objetivos plasmados en la END.

La END está compuesta por cuatro ejes, de los cuales se desprenden líneas de acción que incluyen la aprobación e implementación de leyes específicas que coadyuven a realizar las reformas necesarias para alcanzar los objetivos como nación.

Primer eje: que procura un Estado social democrático de derecho.

Segundo eje: que procura una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades.

Tercer eje: que procura una economía sostenible, integradora y competitiva.

Cuarto eje: que procura una sociedad de producción y consumo ambiental sostenible.

4.3. Constitución de República Dominicana

Todo el ordenamiento dogmático, jurídico y organizativo de un país se ampara en su Constitución; es ella la que remite el desarrollo de las normas que contiene, mediante leyes o resoluciones de acuerdo con el poder público que las elabora.

La reforma constitucional del 26 de enero de 2010, ordenó dotar de contenido legislativo el catálogo de derechos fundamentales, así como todos los órganos constitucionales creados y las nuevas funciones y disposiciones que fueron introducidas y elevadas a rango constitucional. Tal es el caso de la iniciativa legislativa popular, la función de fiscalización congresual, el servicio exterior, la función pública y los estados de excepción, entre otros.

4.4. Planes operativos

Un elemento importante a la hora de elaborar la agenda priorizada del Senado de la República es el Plan Estratégico Institucional de cada año que se desarrollará. Para el año 2016, el Senado de la República contempló como uno de sus objetivos estratégicos, impulsar la aprobación de iniciativas legislativas que complementen mandatos de la Constitución y la Estrategia Nacional de Desarrollo (END), con calidad técnica, participación social y transparencia.

En ese sentido, el plan operativo de la Cámara Alta se centró en avanzar con el segundo y tercer eje estratégico.

Dentro de los compromisos asumidos para ese órgano fiscalizador en relación con el segundo eje de la END, se encuentran integrar a su agenda priorizada las leyes relativas a la reforma del sector salud, a la reforma de las instituciones de asistencia social, para lograr la integración coordinada de los distintos niveles de gobierno e instituciones en el diseño y ejecución de las políticas de protección social; y a la reforma del sistema de vigilancia sanitaria para la calidad del agua de consumo, que permita hacer los correctivos necesarios sobre los riesgos a la salud asociados al agua.

Así mismo, en lo relativo al tercer eje, integrar la reforma de los marcos legales e institucionales vinculados al sector agropecuario, forestal y medio ambiental, a fin de garantizar la transformación productiva de dicho sector y asegurar el cumplimiento de las obligaciones nacionales y acuerdos internacionales relativos al medio ambiente y los recursos naturales.

Para contribuir al incremento de la calidad de las leyes y al mejoramiento de la imagen del Senado, se ponderó crear una unidad de estudios sectoriales, para dar apoyo técnico al legislador en el cumplimiento de su misión de representación, legislación y fiscalización; fortalecer la asesoría técnica del Senado y desarrollar la Agenda Legislativa Priorizada que contribuya con la aprobación y modificación de las leyes necesarias para facilitar la ejecución de la Estrategia Nacional de Desarrollo.

Los planes estratégicos representan una excelente oportunidad para priorizar y encauzar los esfuerzos institucionales hacia metas claras y precisas.

5. Mandatos de la END y la Constitución y su estatus/cumplimiento

A continuación, se presentan los mandatos establecidos por la END 2030 y la Constitución; también se evalúa su cumplimiento en torno a los plazos establecidos para su concertación.

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Llama la atención que la mayoría de estas iniciativas legislativas pendientes son mandatorias por la Constitución y la Estrategia Nacional de Desarrollo. De ahí la necesidad de colocarlas dentro del procedimiento legislativo de priorización para agilizar su conocimiento y decisión final. Todo esto sin desmérito de destacar los avances que ha realizado el Congreso, no solo los trámites legislativos propios del sistema, sino también las negociaciones y consensos que se deben realizar para poder concretizar una pieza legislativa.

Los resultados no son muy alentadores, tomando en consideración que el logro de estas reformas recae en gran parte en el Congreso Nacional, al tener la función de legislar como una de sus principales. De 19 reformas identificadas en este análisis, solo dos (2) se han cumplido, a pesar de existir avances significativos en las restantes, lo que significa un logro de sólo un 10.5%. Sin embargo, cabe destacar que algunos de los proyectos de ley relacionados con los diferentes ejes cuentan con 1,2, inclusive 3 y 4 legislaturas ordinarias (2 años) y han perimido durante el proceso.

Además de los compromisos asumidos por el Estado y las reformas asociadas a los ejes estratégicos, la END establece tres (3) pactos nacionales que República Dominicana debe acometer para impulsar el desarrollo hacia el 2030. De estos, ya uno fue ejecutado (reforma educativa); quedan pendientes la reforma del sector eléctrico y una reforma fiscal.

Iniciativas legislativas priorizadas cuadro04

¿Por qué han tardado tanto en aprobarse leyes de tan importante envergadura a escala nacional? Intereses, desacuerdos, burocracia institucional, falta de voluntad política y/o social. Múltiples pueden ser los factores, pero lo cierto es que la inexistencia de determinas leyes, así como la ausencia de un régimen de consecuencias y el incumplimiento de las ya existentes, parece alejar visión país que se persigue alcanzar en 2030.

Lo anterior expuesto permite recomendar una lista de 11 ILP, tomando como base fundamentalmente la END 2030, sus cuatro ejes y sus objetivos estratégicos, y que su no promulgación afecta al país. Estas serían:

1) Proyecto de Ley de Partidos, Agrupaciones Políticas y Garantías Electorales.

2) Proyecto de Ley del Código Penal de la República Dominicana.

3) Proyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional.

4) Proyecto de Ley de Cambio Climático de la República Dominicana.

5) Proyecto de Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

6) Proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo.

7) Proyecto de Ley de Procedimiento Civil.

8) Proyecto de Ley de Código Civil.

9) Proyecto de Ley de Deporte y Recreación física.

10) Proyecto de Ley de Extinción de Dominio.

11) Proyecto de Ley de Reforma al Código Laboral de la República Dominicana.

6. Agenda Legislativa Priorizada de 2016 y su vinculación con la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) y Constitución dominicana

Las iniciativas priorizadas de la agenda legislativa de 2016 fueron orientadas hacia diez (10) materias de la Estrategia Nacional de Desarrollo y la Constitución Dominicana, entre ellas: fortalecimiento de la democracia, civil y penal, seguridad ciudadana, administración pública, agua, ordenamiento territorial, medio ambiente, crédito, seguridad social y salud.

Iniciativas legislativas priorizadas cuadro05

De las materias mencionadas las que tuvieron mayor carga de proyectos de ley son, en forma ascendente: civil y penal, fortalecimiento de la democracia, seguridad ciudadana, salud, medio ambiente y seguridad social.

A partir de los compromisos establecidos en la END 2030 y los mandatos de la Constitución dominicana, las iniciativas priorizadas de la agenda legislativa de 2016 se enfocaron en los siguientes ejes:

Iniciativas legislativas priorizadas cuadro06

La tabla anterior indica que el 63.3 % de las iniciativas priorizadas en ambas cámaras del Congreso Nacional estaban orientadas a los compromisos del primer eje de la END 2030, que procura un Estado social democrático y de derecho. Los otros tres ejes tuvieron porcentajes por debajo del 13 %, lo que evidencia una preponderancia del legislador en crear leyes a favor del primer eje de acción de la END 2030.

Entre las materias no priorizadas en los proyectos de ley de 2016, figuran: planificación y desarrollo local, Administración Pública, gestión de riegos, energía, ordenamiento territorial, registro de tierra, agropecuaria, seguridad social, transparencia y educación. En el caso de esta última, con el Pacto por la Educación celebrado entre el Gobierno y la sociedad, civil queda completado ese compromiso, solo se requiere de algunas modernizaciones y ajustes en el tiempo.

El hecho de que el mayor peso de las iniciativas se haya centrado en el primer eje estratégico, pone de manifiesto la importancia de lograr equidad dentro de los diferentes ejes de la END, que permita el logro de los objetivos de manera equilibrada. Como se mencionó en el tema 4.4, los planes operativos de las instituciones son elementos que pudieran contribuir a encauzar y darle seguimiento a que se cumplan los mandatos, tomando en consideración los demás ejes.

7. Hacia una ALP eficiente. Algunas exhortaciones

Se debe legislar con la Estrategia Nacional de Desarrollo, y vigilando su cumplimiento. La Agenda Legislativa Priorizada de las cámaras no está exenta de este mandato de articulación de las políticas y normas que tiendan a aplicar la visión de país al 2030.

Luego de la Constitución de la República, la ley marco que debería encauzar todas las políticas públicas nacionales es la Estrategia Nacional de Desarrollo. Así lo establece su propio articulado al indicar:

Artículo 3: Cada gestión de Gobierno deberá contribuir a la implementación de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, a través de las políticas públicas plasmadas en el Plan Nacional Plurianual del Sector Público, los planes institucionales, sectoriales y territoriales y los presupuestos nacionales y municipales, y establecerá explícitamente la articulación de dichas políticas con los objetivos y líneas de acción de la estrategia.

El Poder Legislativo como poder del Estado, tanto en su función de legislación –creando normas– como de fiscalización –asignando recursos suficientes para la implementación de las políticas públicas y evaluando el accionar de cada sectorial en el ejercicio de sus funciones– es el garante de cumplir con el artículo 5 de la END:

…República Dominicana sea un país próspero, donde las personas vivan dignamente, apegadas a valores éticos y en el marco de una democracia participativa que garantice el Estado social y democrático de derecho y promueva la equidad, la igualdad de oportunidades, la justicia social, que gestiona y aprovecha sus recursos para desarrollarse de forma innovadora, sostenible y territorialmente equilibrada e integrada y se inserta competitivamente en la economía global.

7.1. Una agenda de ILP bicameral. Contar con una agenda de iniciativas legislativas prioritarias bicameral agilizaría y viabilizaría la aprobación de esos proyectos de ley de interés nacional, y en específico, de lo que dicta la END, uniendo a las cámaras en un trabajo conjunto, con unos mismos objetivos. Con esta consideración, los proyectos de ley priorizados serían trabajados con mayor urgencia, lo que facilitaría su conocimiento y posterior decisión.

Empero, la Agenda Priorizada debe partir del consenso e integración de todos los sectores para impulsar una agenda de desarrollo nacional. Independientemente de los trámites legislativos, el apoyo y la validación por parte de la ciudadanía y los sectores involucrados son fundamentales para el éxito de las piezas.

El trabajo legislativo del Congreso Nacional debe iniciar por las iniciativas legislativas prioritarias y terminar con la aprobación de las piezas. Cada legislatura ordinaria y extraordinaria debería iniciar sus trabajos legislativos por los proyectos incluidos en la ALP, lo que permitiría la colocación en la agenda y opinión pública de los temas neurálgicos para el desarrollo del país, propiciando con ello la concertación y consensos entre los actores políticos y la sociedad civil, y facilitando el pronto conocimiento para la decisión de los plenos de cada cámara. Así en el corto plazo, se tendrían los marcos legales que sustentarían el cambio institucional, administrativo, financiero, presupuestario y de derechos necesarios para lograr una República Dominicana de progreso e inclusiva, donde se viva en un Estado social y democrático de derecho.

Lo dicho anteriormente no persigue desmeritar la ardua labor que realiza el Congreso Nacional para sacar hacia adelante piezas legislativas que, además de ser de gran extensión, requieren de consenso nacional y de negociaciones entre múltiples sectores. Empero, la priorización en las agendas legislativas de las sesiones y la aprobación de las piezas debe ser un elemento fundamental para cumplir el rol del Congreso hacia el país.

Sin embargo, ¿dónde puede encontrarse una fuerte carga de representación política en un solo escenario en el país? La respuesta es en el Congreso Nacional, donde confluye una multiplicidad de partidos políticos en un solo escenario, lo que, si se encausan los esfuerzos hacia querer lograr el bien del país, se pudieran lograr grandes cambios a escala nacional.

Más empoderamiento por parte del Congreso hacia la aprobación y trabajos de análisis de la ALP. Una de las limitantes identificadas es que, para la elaboración de la ALP, es necesaria la presentación de estos proyectos de ley por parte de los órganos facultados constitucionalmente para ello. Sin embargo, la existencia de mandatos constitucionales y el letargo en cuanto al establecimiento de leyes neurálgicas para el desarrollo del país (hasta tres años de retraso) establecidas por la END, deben ser elementos suficientes para que el Congreso se empodere del estudio de determinados proyectos de ley, solicitando a las respectivas comisiones elaborar y presentar las piezas legislativas que permitan concretizar el logro de esos objetivos. Enfocando sus esfuerzos en esas piezas.

Conclusiones

Lograr el desarrollo nacional sostenible en el mediano y largo plazo exige priorizar una agenda legislativa con los temas establecidos en la Constitución y la END 2030.

La importancia de la END es innegable e indiscutible, pues es la guía del accionar público a partir de 2012, fecha en que entró en vigencia. Por tanto, para el caso del Congreso Nacional, el quehacer legislativo no solo debe centrarse en la creación de las normas necesarias para asegurar el cumplimiento y organizar los cambios institucionales que deben producirse para hacer más eficientes los servicios básicos, hacer efectivos los derechos fundamentales, fortalecer las finanzas públicas y el sistema democrático; sino también, en su función de fiscalización y de control hacia los demás poderes públicos, tanto programático como financiero. Todo hacia un fin: lograr las metas y objetivos planteados como nación, cónsonos con nuestra Constitución y con los compromisos internacionales contraídos.

El análisis muestra la existencia de fuertes rezagos en relación con el cumplimiento de las reformas legislativas necesarias que encauzarán a la nación hacia su visión país: de 19 reformas seleccionadas e identificadas como necesarias, únicamente dos (2) han sido cumplidas en los plazos establecidos y las restantes se encuentran en proceso, por lo que sólo se ha concretizado un 10.5%. Es fundamental que las cámaras legislativas se aboquen a velar por el cumplimiento de la priorización real y efectiva de la agenda priorizada y su lista de proyectos.

Existe un fuerte rezago en torno al cumplimiento; sin embargo, debe permanecer la ALP, pero con la implementación de mecanismos de control y evaluación que monitoreen de cerca el desarrollo de las piezas legislativas más importantes para el país. Así mismo, es importante el empoderamiento del Congreso Nacional como órgano responsable del logro de estas reformas, como base para lograr la visión país plasmada en la END.

Referencias

Constitución de la República Dominicana. Congreso de la República Dominicana, 26 de enero de 2010.

Ley Orgánica No. 1-12, de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.

Proyecto de ley que regula las iniciativas legislativas populares, (S.F). Congreso de la República. Documento tomado de internet http://www.senado.gob.do/senado/portals/0/documentos/Proyectos%20de%20Leyes/Vistas%20Publicas/ILP.pdf

Reglamento Interior de la Cámara de Diputados.

Reglamento Interno del Senado de la República.

Sistema de Información Legislativa (SIL) de la Cámara de Diputados.

Sistema de Información Legislativa (SIL) del Senado de la República.