Bloques partidarios en la Cámara de Diputados

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Los partidos políticos son actores fundamentales en el contexto de un sistema representativo democrático, reconocidos como uno de los espacios por excelencia, de expresión, representación y procesamiento de las demandas de los ciudadanos y considerados al mismo tiempo como eje central del Estado democrático moderno. (Cazarín, s.f.).

 

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Gaudy Esther Crispín Rosa

Coordinadora

 

(Santo Domingo, 28 de agosto de 2014). El presente documento persigue dar a conocer la importancia de los partidos dentro del Congreso y conocer el estatus actual de los bloques partidarios en la Cámara de Diputados de la República Dominicana

Los partidos políticos son actores fundamentales en el contexto de un sistema representativo democrático, reconocidos como uno de los espacios por excelencia, de expresión, representación y procesamiento de las demandas de los ciudadanos y considerados al mismo tiempo como eje central del Estado democrático moderno. (Cazarín, s.f.).

La configuración organizativa y los métodos operativos del Congreso dominicano se rigen por sus reglamentos. En el caso de la Cámara de Diputados, los órganos sustantivos, los órganos políticos, los órganos de apoyo y los órganos de consulta y asesoría, guían el funcionamiento y operatividad de la cámara baja.

En el sistema parlamentario dominicano se conforman lo que se denominan “bloques partidarios”, los cuales reúnen a los legisladores por afinidades políticas e intereses comunes. El objetivo principal de esos bloques es el de mantener un criterio y estrategias políticas coherentes frente a los diversos problemas e iniciativas que se plantean.

Los bloques partidarios como uno de los órganos políticos, según el artículo 159 del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, estarán constituidos por los diputados pertenecientes a un mismo partido, alianza o coalición electoral, reconocido por la Junta Central Electoral (JCE), siempre que cuenten con un mínimo de dos diputados. En caso de no alcanzar la cantidad mínima, se podrán unir dos o más partidos políticos reconocidos con representación en la Cámara de Diputados para constituir un bloque partidario.

Los presidentes de esos bloques sirven generalmente de nexo con las autoridades de su partido y también con las autoridades nacionales, y son denominados voceros de las bancadas, estos son los coordinadores que representan a los demás diputados ante las cámaras y ante la sociedad.

Los bloques partidarios tienen, entre otras, las siguientes funciones: a) Participar y facilitar las labores de las comisiones coordinadoras; b) recibir y distribuir entre los diputados miembros los proyectos de ley, los proyectos de resolución, las leyes promulgadas, las resoluciones aprobadas, el Orden del día u otro documento que sea de interés legislativo; c) representar y velar por los intereses políticos de su partido en la Cámara de Diputados; d) analizar y acordar en forma colectiva los asuntos de carácter legislativo a discutir en la Cámara de Diputados; e) organizar para sus miembros, seminarios o talleres de capacitación en asuntos de interés legislativo; f) formar parte de la Comisión Bicameral de iniciativas priorizadas.

La presencia de los bloques partidarios en los órganos legislativos es preponderante para su buen orden y funcionamiento. Además de su función de representar y velar por los intereses políticos de su partido, es fundamental la atención al peso cuantitativo de los grupos parlamentarios, tendentes a encauzar el quehacer parlamentario bajo un criterio de mayor pluralidad.

Los bloques partidarios deberán elegir anualmente entre sus miembros un vocero, un vice-vocero y un secretario y estas designaciones serán comunicadas al pleno.

Actualmente los bloques partidarios de la Cámara de Diputados son los siguientes –organizados de acuerdo con la cantidad de diputados pertenecientes–:

Bloques

Voceros seleccionados 2014

Bloque PLD

Rubén Maldonado

Bloque PRD

Ruddy González

Bloque PRSC

Ramón Rogelio Genao

Bloque BIS-PPC

Luis Jiménez Caminero

FUENTE: Elaboración OPD-FUNGLODE, 2014.

Además de los cuatro bloques que actualmente se encuentran en la Cámara de Diputados, el pasado 16 de agosto de 2014 se introdujeron las solicitudes de conformación de dos nuevos bloques: el primero conformado por los 34 diputadas y diputados que se retiraron del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y conformaron un nuevo bloque político bajo las siglas del partido Alianza Social Dominicana (ASD), en proceso de transformarse en el Partido Revolucionario Mayoritario (PRM). El segundo es el de la diputada Guadalupe Valdez, de la Alianza por la Democracia, quien anunció el nacimiento de un nuevo bloque político integrado por ella en la vocería y Minou Tavávez Mirabal, como vice-vocera. Ambas legisladoras fueron electas en la boleta del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

Estos dos nuevos bloques parlamentarios se suman al bloque partidario del PLD, que cuenta con mayoría suficiente para formar cuórum propio, salvo las excepcionales mayorías calificadas que fija la Constitución para aprobar leyes orgánicas. El bloque parlamentario del Partido Revolucionario Dominicano ocupa la posición de la primera minoría, con 43 legisladores. El naciente bloque del Partido Revolucionario Mayoritario se coloca en la segunda minoría, desplazando al Partido Reformista Social Cristiano a la tercera minoría. El grupo parlamentario formado por el Bloque Socialdemócrata Institucional (BIS) y el Partido Popular Cristiano (PPC), aliados al PLD, cuenta con dos diputados (Báez, 2014).

Debate sobre la legalidad de los nuevos bloques partidarios

La creación de estos nuevos bloques ha abierto una discusión en cuanto a la legalidad de su conformación. En primera instancia el naciente Partido Revolucionario Mayoritario (PRM), organización política surgida tras la última crisis del partido blanco, aún no ha oficializado el cambio de nombre, inicialmente denominado Alianza Social Dominicana (ASD), lo que tiene como consecuencia que los legisladores no puedan –hasta conseguir la aprobación– conformar su bloque partidario.

Sin embargo, el Partido Revolucionario Mayoritario (PRM) ya escogió como su vocero en la Cámara de Diputados a Nelson Arroyo. La selección se llevó a cabo con la presencia de 32 legisladores de un total de 34, que renunciaron al Partido Revolucionario Dominicano (PRD) para formar filas en el PRM (Agramonte, 2014).

El secretario general del ASD, Ramón Efren Cuello, envió una comunicación al presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, en la que solicitó formalmente la creación del referido bloque. Sin embargo, su creación plantea dificultades legales debido a que el reglamento interno de la Cámara Baja establece que para un partido político conformar un bloque aunque tenga reconocimiento en la JCE debe tener al menos dos diputados, requisito que no cumple el partido de la familia Abinader (Cfr. Espinal, 2014).

En igual situación se encuentra el Bloque Parlamentario Independiente –Bloque Parlamentario por la Democracia y la Institucionalidad– que conformaron las legisladoras Minou Tavárez Mirabal y Guadalupe Valdez, quien fue escogida diputada en la Alianza por la Democracia (APD) en el 2010 en una alianza de esa organización con el Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Tavárez ha sido legisladora por el Distrito Nacional en la boleta del PLD, pero en mayo de este año renunció a ese partido y se declaró independiente (Inoa, 2014).

El reglamento interno de la Cámara de Diputados establece la posibilidad de la formación de bloques independientes siempre que los legisladores se declaren autónomos (Inoa, 2014). La Diputada Guadalupe Valdez continúa perteneciendo a su partido Alianza por la Democracia (APD), por lo que, haría falta dilucidar la autonomía o no de las legisladoras con relación al partido político al cual representaban, a fin de contar con el aval reglamentario para la conformación del Bloque Parlamentario Independiente.

En tanto continúen las gestiones para la transformación del bloque ASD a PRM, se ha gestado una nueva dinámica en la Cámara de Diputados en torno a la conformación de ese nuevo bloque partidario. Sin embargo, por la fuerza política y significativa cantidad de miembros, se pudiera considerar que su creación es casi inminente.

La reorganización del sistema de bloques partidarios dentro de la Cámara de Diputados despeja el camino para el eficaz cumplimiento de la supervisión parlamentaria sobre el Gobierno Central. De igual forma, garantiza la búsqueda de equidad, la participación política y la prevalencia del bienestar general por encima de los intereses de algún grupo político.

La concepción de democracia presupone el control del poder y como indica Kelsen, “solo la ilusión o la hipocresía puede creer que la democracia sea posible sin partidos políticos”.

Referencias bibliográficas

Agramonte, G. (2014, 4 de agosto). Nelson Arroyo es electo vocero de partido Mayoritario en Cámara de Diputados. El Caribe. Recuperado desde  http://www.elcaribe.com.do

Báez, E. (2014, 18 de agosto).La fragmentación en la nueva legislatura. Vanguardia del Pueblo. Recuperado desde  http://vanguardiadelpueblo.do

Cazarín, A. (s.f.). Los factores de la alternancia en Tlaxcala, 1991-2001. (Tesis inédita de doctorado). El Colegio de Tlaxcala, México.

Crispín, G., (2014). No es verdad que los partidos políticos están en crisis en República Dominicana, entrevista a Rubén Maldonado. Observatorio Político Dominicano. Recuperado desde  http://www.opd.org.do

Crispín, G. (2014). No podemos seguir picoteando el país, entrevista a Radhamés González. Observatorio Político Dominicano. Recuperado desde http://www.opd.org.do

Espinal, Y. (2014, 18 de agosto).  El bloque de ASD no tiene derecho a oficina en la Cámara de Diputados. El Caribe. Recuperado desde http://www.elcaribe.com.do

Inoa, J. (2014, agosto 2014). Diputadas Guadalupe y Minou crean bloque. Recuperado desde http://desinformado.net

Kelsen, H. (1977). Esencia y valores de la democracia. Barcelona: Guadarrama.

Reglamento de la Cámara de Diputados de la República Dominicana (2010).