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Asegura un informe del OPD-FUNGLODE que analiza las debilidades de la regulación actual del sector, y hace un balance de los aspectos positivos y negativos de la presencia de la compañía en el país.

 

Uber en RD sli(Santo Domingo, 20 de marzo de 2017). El Observatorio Político Dominicano (OPD), entidad adscrita a la Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE), publicó un análisis que asegura que la llegada de la plataforma de taxis UBER a República Dominicana ha presentado las irregularidades del sector y, por tanto, podría causar una transformación operativa y legal en este sistema de transporte urbano.

“El servicio de taxi en República Dominicana se ha caracterizado por el uso de plataformas tradicionales que han quedado rezagadas ante el significativo avance de la tecnología. La entrada de UBER al mercado dominicano ha estado empujando a cambios en la forma de operar del sector. Estas disrupciones se muestran en el hecho de que dos de las principales compañías de taxis ya se han abocado al mundo de la aplicación Web para tratar de penetrar en esta plataforma digital, mientras que se siguen desarrollando otras aplicaciones de este tipo”, indica el documento.

Augusto de los Santos, investigador de la Unidad de Políticas Públicas (UPP) del OPD y autor del informe “Disrupción en el servicio de taxi: UBER en República Dominicana”, sostiene que UBER podría provocar que el sistema de taxis empiece una transformación legal significativa, aprovechando la promulgación de la nueva Ley núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en la República Dominicana, pues existen debilidades sustanciales en el sector que deben ser atendidas con urgencia.

Debilidades de la regulación actual

El análisis cita que la Ley núm. 76-00 establece que el Consejo de Administración y Regulación de Taxis (CART) es el organismo encargado de regular todo el servicio de taxi a escala nacional, pero el cumplimiento se dificulta, pues desagrega el seguimiento a escala municipal, con un consejo dirigido por el Ayuntamiento del Distrito Nacional para regir los demás cabildos.

En cuanto a las regulaciones existentes, explica que la Ley establece que para ser taxista se debe renovar el permiso de taxis semestralmente, el taxista debe ser depurado por el CART y exhibir una tablilla con sus datos de identificación. Además, necesita la licencia de taxis otorgada por el CART y la aprobación del examen conductual y médico, aprobado por la misma entidad.

De su lado, los vehículos deben tener una placa especial, rotulación, numeración y un color diferente por cada provincia, seguro que cubra daños a terceros y certificación de que se encuentra en buen estado.

La investigación resalta que el sector de taxis en el país ha experimentado un importante crecimiento en los últimos años. “Se estima que de 2013 a la fecha la cantidad de taxistas se incrementó de 25,000 a 27,000 unidades. Menos del 40 % de los taxistas registrados a escala nacional está cumpliendo con la normativa del registro ante el CART y apenas 11,000 se encontraban regularizadas por el CART”, puntualiza el investigador del OPD.

“A pesar de que los reglamentos del CART se encuentran en la página Web de esa institución, pareciera que su conocimiento es sumamente bajo entre los taxistas y las mismas empresas operadoras. En el caso de los taxistas de UBER, están faltando a todas las normas legales que se han establecido para regular este sector; apenas cumplen las necesarias para poder circular en vehículos de motor en el país”, manifiesta.

“El CART no conoce la cantidad de unidades que forman parte de estos suplidores de servicio. De hecho, con UBER el problema es mucho mayor, ya que no hay siquiera términos contractuales con los taxistas”, aclara el informe.

El análisis revela que la Ley núm. 76-00 carecía de concesión de permisos de operación y fiscalización, es decir, seguimiento a los taxis y sanciones tanto para los registrados como los piratas; un esquema de tributación simplificado y falta de un ente único de alcance nacional que se encargue de regular el sector.

No obstante, señala que la reciente promulgación de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, la cual crea el Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (INTRANT) como organismo rector del sector, establece nuevas normas para regir las acciones de los taxistas. “Es de esperar que con la nueva ley el sector taxista experimente cambios positivos”, considera De los Santos.

Fortalezas y debilidades de UBER

UBER nace en marzo de 2009 en California, y se ha extendido significativamente por el mundo, operando en la actualidad en 467 ciudades. En Latinoamérica el 15 % de la población usa UBER. Entró oficialmente a República Dominicana el 1 de noviembre de 2015, y ha logrado captar una importante cuota de mercado. Tiene operaciones bajo la modalidad de cuota especial en Santo Domingo, con la posibilidad de realizar viajes a comunidades como Bávaro, Santiago, La Romana, Boca Chica y San Francisco de Macorís.

Los principales beneficios del servicio de UBER, de acuerdo con clientes entrevistados por la Unidad de Políticas Públicas del OPD, son: la seguridad que les brinda a los usuarios, el confort de los vehículos, la transparencia del cobro, la atención de los choferes y la confianza en los procesos.

“UBER representa un cambio en las expectativas del servicio de transporte, elevando las perspectivas de los clientes al momento de adquirir este servicio. Asimismo, genera una forma nueva de interactuar con el cliente, donde hay mayor acceso a la información que le permite seleccionar las condiciones de su servicio. Esos factores podrían incentivar a las compañías de taxis tradicionales a implementar mejoras en sus servicios, para que la porción del mercado que perderán sea de menor cuantía”, pondera el estudio.

Otra fortaleza que agrega es que el pago recibido por los choferes UBER depende de la cantidad de horas y los momentos del día en que pueda acceder a la aplicación, por un conjunto de beneficios que reciben por realizar la operación. “Este pago cae directamente a la cuenta de UBER, que cobra el 25 % del monto por la intermediación realizada y el 75 % es del conductor”.

Además, el taxista recibe incentivos por horas trabajadas y servicios realizados, los cuales se calculan a partir de una cantidad de viajes que se impone como meta, siempre que obtengan una valoración media superior a 4.7 estrellas semanales.

Como desventaja para los taxistas, resalta que al no ser empleados de UBER, no tienen una vinculación directa con la empresa; solo reciben notificaciones por correo si se registra una reducción de las entradas a la aplicación o si ocurriese una queja de algún cliente por haber recibido un mal trato o servicio.

“Como no son vinculados a la empresa, no cuentan con un vehículo asegurado, sin que el chofer se encuentre protegido ante algún siniestro o dificultad con un seguro de vida, de riesgo laboral o el acceso al seguro familiar de salud”, recalca el informe.

Para el Estado es poco favorable porque aunque la empresa se encuentra legalmente constituida, no hay quien aclare en el país la forma en que opera, no se conoce a ciencia cierta cuáles son las condiciones de pago de impuestos y el tipo de declaración que realiza. “Esto provoca fuertes dificultades en caso de buscar un responsable por algún hecho que pueda ocurrir con los choferes que manejan en nombre de la compañía”, asegura.

“Podría deducirse que la compañía no reportaría ingresos al país, ya que alegan que solo hacen una intermediación en una plataforma virtual, más que una compañía de taxis. Esto tiene importantes implicaciones para el fisco, puesto que la empresa genera importantes ingresos sin tener más que alguna posible carga legal por las transferencias de recursos al extranjero”, enfatiza.

La investigación del OPD concluye en que para los usuarios la flexibilidad de la tarifa resulta en grandes incertidumbres en la disponibilidad del servicio porque cuando baja la tarifa los choferes, simplemente, tienden a cerrar la aplicación, causando quejas entre los usuarios.

 

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