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Hacia una ley de partidos políticos en República Dominicana

Publicaciones

Cuota femenina en la legislación dominicana y de América Latina (6 de 6)
Autor: Omar Alejandro Pérez
(Santo Domingo, 9 de octubre de 2012). Las denominadas leyes de cuotas reservan un mínimo de candidaturas a cargos electivos para un segmento específico de la población. Cuando la previsión se orienta a fomentar la participación de mujeres como contendientes en los certámenes electorales se suele denominar cuota femenina. Se trata de un tipo de acción afirmativa o discriminación positiva que persigue la igualdad entre hombres y mujeres en el ejercicio del poder político. Mientras algunos sugieren que el trato diferenciado es contradictorio al propio objetivo planteado, otros argumentan que las condiciones de desigualdad prexistentes solo pueden nivelarse mediante este tipo de acciones positivas.


Procesos internos para la elección de candidatos en República Dominicana y América Latina (5 de 6)
Autor: Omar Alejandro Pérez
(Santo Domingo, 2 de octubre de 2012). Este artículo se preocupa por las previsiones legales acerca del proceso de elección de candidatos a cargos electivos, contenidas en la legislación electoral dominicana vigente, en los proyectos de ley de la JCE enviados al Congreso y en la legislación latinoamericana. El proceso de elección de candidatos se lleva a cabo mediante elecciones internas, primarias o convenciones. Las elecciones primarias o internas, pueden ser abiertas, semi abiertas o cerradas. En las abiertas pueden votar todos los ciudadanos con derecho al voto, independientemente de su militancia partidaria. En las semi abiertas, tienen derecho al voto los miembros del partido y los ciudadanos que no pertenezcan a otro partido. En las cerradas solo tienen derecho al voto los militantes registrados en el padrón del partido que realiza las primarias.



Acceso de los partidos a los medios de comunicación en la legislación latinoamericana (4 de 6)
Autor: Omar Alejandro Pérez
(Santo Domingo, 25 de septiembre de 2012). El papel de los medios de comunicación se torna cada vez más importante en la competición electoral. El acceso a ellos por parte los partidos políticos es el punto central de las campañas electorales. Por tal razón, junto al criterio de distribución del financiamiento público que se les otorga y la regulación del financiamiento privado (ya abordados en esta serie), conforman una trilogía decisiva para la definición de elecciones verdaderamente competitivas. Este artículo se preocupa principalmente por las regulaciones concernientes al acceso de los partidos a los medios de comunicación. Los medios estatales, en cumplimiento de las funciones que les asigna la ley, y los medios privados, movidos por el ánimo de lucro, cumplen la función social de canalizar los mensajes de las organizaciones que contienden en el proceso electoral.


La legislación dominicana en el marco de las tendencias latinoamericanas (3 de 6)
Autor: Omar Alejandro Pérez
(Santo Domingo, 18 de septiembre de 2012). En la entrega anterior de esta serie, se abordaron los criterios de distribución del financiamiento público directo a los partidos. Se contrastó la legislación dominicana vigente y el proyecto de Ley de Partidos de la Junta Central Electoral (JCE) con la legislación de otros países latinoamericanos. Este artículo repite el ejercicio, pero esta vez el análisis se orienta a la regulación del financiamiento privado.

El financiamiento privado a los partidos constituye un tema de vital importancia para la democracia. Su baja regulación tiende a aumentar la influencia de grupos económicos, a disminuir la equidad en la competición política y electoral, y deja la puerta abierta al financiamiento a los partidos por parte del crimen organizado.


Financiamiento público directo a los partidos en la legislación latinoamericana (2 de 6)
Autor: Omar Alejandro Pérez
(Santo Domingo, 11 de septiembre de 2012). El financiamiento a los partidos políticos, que puede ser público o privado, es uno de los temas de mayor interés a la hora de discutir un marco legal para organizaciones políticas. Por el lado positivo, el financiamiento público reduce su dependencia de los grupos de interese económico y los hace menos vulnerables al crimen organizado. Por el lado negativo, este tipo de financiamiento puede crear una fuerte dependencia estatal y llevar a la pérdida de contacto con la sociedad (Gidlund, en Zovatto, 2007).


La pérdida de personería jurídica de los partidos políticos en la legislación latinoamericana (1 de 6)
Autor: Omar Alejandro Pérez
(Santo Domingo, 4 de septiembre de 2012). En medio de la discusión de un proyecto de ley de partidos políticos en República Dominicana, conviene el conocimiento de las soluciones adoptadas por países cercanos. La extinción de la personalidad jurídica de los partidos políticos es uno de los puntos más debatidos del proyecto de ley de partidos y agrupaciones políticas de la Junta Central Electoral (JCE) que cursa en el Congreso. El objetivo de esta primera entrega es aportar a legisladores, miembros de la sociedad civil y ciudadanos en general una visión sinóptica de las tendencias en Latinoamérica en torno al mantenimiento o extinción de la personalidad jurídica de los partidos políticos de escala nacional.

Proyectos

Proyecto de ley de partidos

Artículo 1.- Objeto de la Ley. La presente Ley regula el ejercicio del derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a organizar partidos y agrupaciones políticas o formar parte de ellos, y establece las normas que regirán la constitución y reconocimiento, organización, autorización, funcionamiento, participación en procesos electorales, vigilancia y sanciones de los partidos y agrupaciones políticas.

 


Propuesta de reforma a la ley electoral de la Republica Dominicana

Artículo 1.‐La presente Ley Orgánica de Régimen Electoral regula lo relativo al ejercicio del derecho de ciudadanía de elegir y ser elegibles; el procedimiento y desarrollo del proceso electoral para la conformación del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y la elección de las autoridades municipales; y el funcionamiento y competencias de la Junta Central Electoral como máximo ente responsable de la organización de los comicios.

 

Entrevista

Director de Partidos JCE: la prioridad de la Ley de Partidos es la democracia interna, por encima del respeto a la autonomía de los partidos.

 Lic. Guarino Cruz, director del Departamento de Partidos Políticos de la JCE.

Director de Partidos JCE: la prioridad de la Ley de Partidos es la democracia interna, por encima del respeto a la autonomía de los partidos.

Autor: Omar Pérez

Legislación comparada

Matriz de legislación electoral y de partidos de Latinoamérica

Esta herramienta es un portal de acceso a los sitios web oficiales de los organismos electorales de 18 países latinoamericanos. También a las principales leyes sustantivas, electorales y de partidos políticos. El nombre de cada organismo y de cada normativa es un hipervínculo a los mismos.

La matriz de legislación electoral y de partidos de Latinoaméricapretende facilitar la consulta y contribuir al estudio comparado, que toma cada día mayor relevancia. Este esfuerzo supone atención permanente a los cambios en la normativa electoral de los países del área. El OPD agradecerá las observaciones y aportes de sus usuarios.